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martes, 25 de julio de 2023

Diputado Ramón Díaz Ávila promueve protección de los Biomas de Veracruz

  • Ramón Díaz Ávila presenta en la tribuna su iniciativa de reforma a la Ley Estatal de Protección al Ambiente

Opción de Veracruz

Xalapa, Ver.- El legislador Ramón Díaz Ávila presentó al Pleno del Congreso local, una iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Estatal de Protección al Ambiente con la que busca garantizar la protección de las comunidades biológicas que integran los biomas de Veracruz y que estaría justificada en la conservación de la diversidad biológica, la provisión de servicios ecosistémicos, la salvaguarda de especies en peligro de extinción, la responsabilidad intergeneracional y la promoción de la participación ciudadana.

De acuerdo con su iniciativa, se crearía la fracción IV Sistema Estatal de Reconocimiento de Comunidades Biológicas y se especifica en el artículo 114 Bis que la Secretaría del Ambiente (Sedema), en coordinación con las autoridades de los distintos órdenes de gobierno, promoverá los Derechos Humanos de las comunidades biológicas para el uso de sus propios recursos, lo que tiene como fin último preservar el servicio ambiental y brindar las condiciones necesarias para su protección.

En todo momento y para una mayor efectividad en el reconocimiento de las comunidades biológicas, se fomentará la integración de los sectores sociales y productivos, así como de la sociedad civil, para que sean parte de la garantía de los derechos de nuestro ecosistema.

En relación con el Capítulo V, Sucesión Ecológica, se establece que es el proceso biológico mediante el cual las comunidades de un ecosistema presentan los requerimientos ecológicos esenciales en el momento adecuado, para reponerse, regenerando el ambiente.

Bioma significa el área bioclimática que incluye un conjunto de comunidades biológicas, formadas por poblaciones de diferentes especies. Están determinados por el clima actual de la zona, el relieve y la estratificación de la vegetación, así como la fauna que predomina.

Por Servicio Ambiental, se entienden los beneficios que los ecosistemas brindan a los seres humanos para que puedan desarrollarse en todas sus facetas. Los servicios ambientales influyen directamente en el mantenimiento de la vida, generando beneficios y bienestar para las personas y comunidades.

Además, se busca precisar en la ley que la Sedema y los Ayuntamientos ejercerán sus facultades en materia de velar por las comunidades biológicas que integran los biomas a través del proceso de sucesión ecológica; así como, observarán la oportuna conservación y restauración de sus respectivos servicios ambientales y el equilibrio ecológico, de acuerdo con la distribución de competencias prevista en la Ley.

El diputado Ramón Díaz aseveró que los Biomas Veracruzanos juegan un papel fundamental en la provisión de servicios ecosistémicos. “Estos servicios, como la depuración de aguas, la captura de carbono y la regulación climática, son fundamentales para la calidad de vida y el desarrollo sostenible de la población”.

Por lo anterior, enfatizó que garantizar la protección de las comunidades biológicas da continuidad a estos servicios, presentes y futuros.

“En los biomas de Veracruz existen especies endémicas y amenazadas que requieren protección especial. Al considerar a las comunidades biológicas como sujetos de protección, buscamos evitar la desaparición de estas especies y preservar el patrimonio natural de Veracruz”, argumentó el legislador del Partido del Trabajo (PT).

La iniciativa fue remitida, para su estudio y dictamen, a la Comisión Permanente de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climático.

viernes, 8 de julio de 2022

Jueza de Control desacata resolución de Amparo de Juez Federal a favor de Pasiano Rueda Canseco

 

Eliseo Tejeda Olmos/ Opción de Veracruz

Xalapa, Ver.- A pesar que desde el pasado 30 de junio fue dictada sentencia en el Juicio de Amparo Indirecto 974/2021 del índice del Juzgado Noveno de Distrito con residencia en Coatzacoalcos, promovido por sus abogados y en donde se determinó que la Justicia de la Unión Ampara y Protege a PASIANO RUEDA CANSECO y ordena dejar insubsistente la determinación de primero de noviembre de dos mil veintiuno, por medio de la cual la Juez de Control adscrita al Juzgado de Proceso y Procedimiento Penal Oral del XXI Distrito Judicial calificó de legal su detención, se ordenó su inmediata libertad, pero en desacato a esa resolución judicial no había sido liberal hasta el viernes 8 de julio de 2022.

 


En relación a éste caso, el Partido del Trabajo a través del diputado local Ramón Díaz Ávila destacaron los siguientes puntos de los argumentos centrales del Juez Federal de Distrito:

La detención de PASIANO RUEDA CANSECO es arbitraria e ilegal al vulnerar el contenido de los artículos 14 y 16 constitucionales, aunado a que el delito por el que se le detuvo fue el de “Ultrajes a la Autoridad” contemplado en el artículo 331 del Código Penal para el Estado de Veracruz y que fue declarado invalido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación al violar el principio de legalidad en su vertiente de taxatividad. 

Que fue hasta el treinta y uno de octubre de dos mil veintiuno (un día después del supuesto aseguramiento), en que se practicaron los dictámenes periciales XAL-D13001/2021 y XAL-D-13000/2021, a las diez bolsitas de plástico transparente, con polvo blanco, con la leyenda «VERACRUZ 2020 CJNG» y diez bolsas transparentes con hierba verde que supuestamente llevaba consigo PASIANO RUEDA CANSECO, al momento de la detención, y las conclusiones de los dictámenes periciales arrojaron que el polvo blanco, resultó ser BENZOCAÍNA, sustancia utilizada como anestésico; y la hierba verde, MARIHUANA por lo que únicamente una de las sustancias supuestamente aseguradas en la detención era un narcótico. 

De manera contundente se señala en la sentencia amparadora que PASIANO RUEDA CANSECO fue detenido únicamente por lo manifestado por los policías ministeriales, que finalmente la detención en flagrancia se basó en la supuesta sospecha de los elementos captores.

Que al carecer los elementos aprehensores de la capacidad técnica para determinar el tipo de sustancias que supuestamente traía consigo PASIANO RUEDA CANSECO, SU DETENCIÓN FUE ILEGAL

Lo anterior, fue ya notificado al licenciado Tyrso Hernández Ayala desde el día seis de julio del año en curso, sin que hasta este momento haya dado cumplimiento inmediato a la puesta en libertad de PASIANO RUEDA CANSECO, por lo que podría configurar un delito al permitir que siga privado de su libertad de manera indebida


martes, 14 de junio de 2022

La justicia tardía también es injusticia: Ramón Díaz Ávila


Eliseo Tejeda Olmos/ Opción de Veracruz

Xalapa, Ver.-  El pasado 28 de febrero del año en curso, el máximo Tribunal del País, después de analizar minuciosamente el artículo 331 del Código Penal del Estado de Veracruz, relativo al Delito de Ultrajes a la Autoridad, declaró la invalidez de este tipo penal, considerando que contiene una “restricción al derecho de libertad de expresión”, violación al principio de taxatividad e incluso en algunos casos, por considerar que este tipo de normas son sobreinclusivas o desproporcionadas.

Considerando que en las cárceles del Estado de Veracruz se encuentran recluidos ciudadanos y ciudadanas, que en su momento fueron imputados o imputadas por el delito de ultrajes a la autoridad de parte de la Fiscalía General del Estado, y los Jueces otorgaron la Prisión Preventiva por éste delito, hoy derogado, lo que ha derivado en una falta de motivación jurídica por parte de los jueces de control y los fiscales, toda vez que la Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó éste tipo penal a profundidad, concluyendo que debía derogarse.

Es importante señalar que la prisión preventiva es una medida excepcional, pero tal parece que los jueces la aplican como regla, lo que los lleva a incurrir a una artera violación al artículo 16 Constitucional respecto al principio de debido proceso, lo que nos lleva a pensar que las autoridades judiciales están actuando en forma tendenciosa y facciosa.

Si bien es cierto que existe la discrecionalidad por parte del Juez de Control para dictar la prisión preventiva, la falta de debida motivación en estos casos los ha llevado a incurrir en actos ilegales.

Considerado que desde el 28 de febrero de éste año, fue derogado el Delito de Ultrajes a la Autoridad, se hace necesario el que la sociedad conozca la situación jurídica de las miles de personas procesadas por este delito; ya que como lo señalé líneas atrás, sería además de irresponsable, falta de ética pensar que los jueces hayan variado el tipo penal por el que fueron procesados con el propósito de mantener en prisión a las personas que en su momento fueron acusadas y recluidas, cuando este delito ya no existe en Veracruz.

Si los jueces de control dependientes del Poder Judicial del Estado de Veracruz, siguen sin acatar la determinación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, caen en desacato de un mandamiento del Máximo Tribunal del País, omisión que los lleva a una responsabilidad penal. 

Hay que recordar que la justicia tardía también es injusticia. Por eso hoy, a nombre de los miles de personas recluidas en los Penales del Estado, alzo la voz para que el Tribunal Superior de Justicia en el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, informe el por qué en la lentitud para atender los casos específicos de personas procesadas en el delito de ultrajes a la autoridad, así como la situación jurídica actual de cada uno de ellos; ya que con esto como sociedad tendremos certeza y confiabilidad en el Poder Judicial del Estado.

Por lo antes expuesto, compañeras y compañeros diputados, pongo a la consideración de esta Soberanía la siguiente propuesta, misma que es avalada y respaldada por familias de personas recluidas en el territorio veracruzano, misma que motiva el presente:

Anteproyecto de Punto de Acuerdo

Único. - El H. Congreso del Estado de Veracruz, exhorta respetuosamente a la Presidenta del Tribunal Superior de Justicia y Presidenta del Consejo de la Judicatura en el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, Magistrada Isabel Inés Romero Cruz, informe a esta Soberanía sobre el estado actual y jurídico que guardan los expedientes de ciudadanos veracruzanos procesados por el delito de ultrajes a la autoridad. 

Compañeras y compañeros Diputados, los invito a considerar éste Anteproyecto de Punto de Acuerdo, a fin de salvaguardar las garantías individuales de quienes hasta hoy se encuentran privados de su libertad por este delito que en Veracruz es inexistente y, que permitirá a la vez cerrar el paso a la impunidad, así como exigir con la Ley en la mano la rendición de cuentas a quienes están al servicio de la administración de la justicia.

Muchas gracias.

Diputado Ramón Díaz 

miércoles, 6 de abril de 2022

Iniciativa de Reforma al Artículo 75 del Código Civil, sentir de la comunidad LGTTTI: Ramón Díaz Ávila

Eliseo Tejeda Olmos/ opciondeveracruz.com

Xalapa, Ver.- El Comisionado Político y Diputado local por el Partido del Trabajo, Ramón Díaz Ávila, presentó la Iniciativa de Reforma al Artículo 75 del Código Civil del Estado de Veracruz, relativo al Matrimonio Igualitario.

El Legislador petista afirmó que su partido, el PT, siempre ha estado del lado de la ciudadanía y grupos organizados y escuchado sus voces para llevarlas al Congreso del Estado e impulsar las iniciativas de Ley que demanda la sociedad.

La Iniciativa de Reforma al Artículo 75 del Código Civil del Estado de Veracruz, representa el sentir de la población Lésbico Gay TTTI, la cual durante muchos años ha venido luchando por ser escuchada con su propuesta de legalizar el Matrimonio igualitario.

El diputado Ramón Díaz Ávila concluyó que esa figura legal ya existe en 26 Estados del país y en caso de ser aprobado, permitiría el matrimonio entre personas del mismo sexo.